Aumentaron las multas de la Caminera en Córdoba desde hoy

Por la suba de la nafta súper, la Unidad Fija se actualizó a $2.101. Los nuevos montos para las infracciones graves y las multas de la Caminera llegan hasta $4,2 millones.

A partir de este miércoles 15 de julio, rigen nuevos valores para las multas de tránsito labradas por la Policía Caminera en las rutas que atraviesan la provincia de Córdoba. La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito oficializó la actualización del valor de la Unidad Fija de Multa (UF), el indicador que se utiliza para calcular el costo de las sanciones.

De acuerdo con lo establecido por la Ley Provincial de Tránsito 8560, el valor de cada UF equivale al precio de venta al público más bajo de un litro de nafta súper. Tras el último relevamiento de la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (Fecac), la referencia de la UF quedó fijada en $2.101.

Multas de la Caminera.

Escala de valores de las multas según la gravedad de la falta

Con la nueva cotización del combustible, el esquema general de sanciones económicas queda dividido en las siguientes categorías:

Categoría de Infracción Rango en Unidades Fijas (UF) Nuevos Montos (Pesos)
Infracciones Leves (L) De 20 a 100 UF $42.020 a $210.100
Infracciones Graves (G) De 100 a 200 UF $210.100 a $420.200
Infracciones Muy Graves (MG) De 200 a 400 UF $420.200 a $840.400
Sanciones Especiales Hasta 2.000 UF Hasta $4.202.000

El valor definitivo de cada multa dentro de estos rangos es determinado por el juez de faltas correspondiente, evaluando atenuantes, agravantes y la existencia de reincidencias por parte del infractor.

Los costos de las infracciones más comunes

A partir de la resolución, las faltas más habituales en las rutas cordobesas presentan los siguientes valores:

Conducir con luces bajas apagadas: Se trata de una falta Grave (100 a 200 UF). El costo oscila entre $210.100 y $420.200.

Cruzar doble línea amarilla: Considerada una falta Grave (100 a 200 UF). La multa va de $210.100 a $420.200.

Uso del celular al volante: Infracción Grave (100 a 200 UF). El monto se ubica entre $210.100 y $420.200.

No utilizar el cinturón de seguridad: Falta Grave (100 a 200 UF). Se multa con valores de $210.100 a $420.200.

Exceso de velocidad: Catalogada como Muy Grave (200 a 400 UF). Las sanciones van desde $420.200 hasta $840.400.

Alcoholemia positiva: Infracción Muy Grave (200 a 400 UF). El costo se fija entre $420.200 y $840.400.

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Las sanciones más graves llegan hasta 4,2 millones de pesos

Existen infracciones específicas que por su naturaleza o por el riesgo que representan para la seguridad de terceros pueden ser penalizadas con el tope máximo de la escala (2.000 UF), alcanzando los $4.202.000. Entre ellas se destacan:

Escuelas de conducir irregulares: Operar academias de manejo sin la debida habilitación, sin instructores profesionales matriculados o careciendo de los seguros obligatorios.

Infracciones a la infraestructura vial: Destruir, alterar o retirar señales viales, así como realizar obras o reparaciones en la vía pública pública sin la debida autorización de los entes viales.

Cartelería ilegal: Colocar elementos publicitarios en sectores prohibidos de las banquinas o que interfieran de forma peligrosa con la visibilidad y seguridad de los conductores.

Publicidad engañosa o peligrosa: Difundir piezas comerciales que promuevan o inciten a la conducción temeraria o a la velocidad excesiva.

Irregularidades en centros de control: Incumplimiento de las normativas de funcionamiento en plantas de Inspección Técnica Vehicular (ITV) o en centros de exámenes psicofísicos habilitados.


fuente: CANALC

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