
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena contra cinco integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo por la usurpación de un predio ubicado al pie del cerro Ventana, en la ciudad rionegrina de Bariloche. El máximo tribunal rechazó los planteos de la defensa y confirmó las penas dictadas por la Justicia provincial.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron “inadmisibles” los recursos presentados por las defensas de Ramiro Abelardo Buenuleo, Sandra Noemí Ferman, Nahuel Maliqueo, Rosa Mael Buenuleo y Lucas Emanuel Dinarma. Con esta resolución, la condena quedó firme y sin posibilidad de nuevas apelaciones.
La causa se originó en 2019, luego de la denuncia realizada por Emilio Friedrich por la ocupación de una fracción de 92 hectáreas correspondiente al lote pastoril 127, en la zona conocida como “Pampa de Buenuleo”. Según la investigación, los acusados ingresaron al terreno e instalaron una vivienda precaria en el lugar.

Durante el juicio, la comunidad mapuche sostuvo que la parcela pertenecía ancestralmente a sus familias y afirmaron que sus antepasados habitaron esas tierras desde 1880. Sin embargo, el Tribunal de Juicio de San Carlos de Bariloche concluyó que el ingreso al predio se realizó “con violencia y clandestinidad”, motivo por el cual condenó a cinco de los nueve imputados.
El fallo también reconoció la existencia de una presencia tradicional de la familia Buenuleo en la región, aunque remarcó que las comunidades indígenas “tienen la posibilidad de exigir el reconocimiento oficial de esa propiedad” mediante las vías legales correspondientes y no a través de ocupaciones de hecho. La sentencia diferenció el reclamo territorial del accionar considerado ilegal por la Justicia.
En cuanto a las penas, la Justicia dispuso condenas de ejecución condicional de entre un año y tres meses y un año y medio de prisión. Además, se ordenó el desalojo preventivo del predio ocupado. Posteriormente, tanto el Tribunal de Impugnación como el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazaron los recursos de la defensa antes de la intervención de la Corte Suprema.
Según quedó acreditado en la causa, el 10 de septiembre de 2019 los acusados ingresaron al lote por senderos de montaña junto a dos menores de edad. El cuidador del predio declaró que fue amenazado con frases como “no sigas avanzando porque arriba tomamos todo”. Luego se produjo un enfrentamiento violento que terminó con la retirada de los propietarios y la posterior ocupación de la vivienda. La investigación avanzó por los delitos de “usurpación agravada por la participación de menores de edad” e “intimidación pública”.
Seguí leyendo:




