Virginia Gallardo busca la modificación del Código Penal Argentino

La diputada nacional por Corrientes Virginia Gallardo (La Libertad Avanza) presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para reformar de manera integral el Código Penal. La iniciativa, que cuenta con el aval del oficialismo y el acompañamiento de legisladoras de la Unión Cívica Radical (UCR), San Juan y Tucumán, apunta a consagrar la imprescriptibilidad de la acción y de la pena en delitos castigados con prisión perpetua, además de elevar las penas para los delitos contra la integridad sexual.

El proyecto propone modificar el artículo 62 e incorporar los artículos 62 bis, 65 y 65 bis para garantizar que el paso del tiempo no extinga la facultad persecutoria del Estado ni impida la ejecución de las sentencias perpetuas, las cuales bajo el régimen actual prescriben a los 20 años. Para fundamentar el cambio, las autoras tomaron como antecedente un reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia respecto a la seguridad jurídica y los plazos procesales.

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Virginia Gallardo en el Congreso.

Extensión de plazos y causales de interrupción

En materia procesal, la reforma amplía los tiempos legales para la persecución penal y reorganiza las causales que frenan los plazos:

– Prisión temporal e inhabilitaciones: Se eleva el límite máximo de prescripción para delitos con prisión temporal de 12 a 15 años, mientras que para las inhabilitaciones se incrementa de uno a tres años.

– Separación procesal: Modifica el artículo 67 y crea el 67 bis para distinguir con claridad la suspensión (incorporando la probation y las instancias de conciliación) de la interrupción del curso legal.

– Rebeldía y extradición: Se establecen formalmente la declaración de rebeldía y los trámites de extradición como causales directas de interrupción de la prescripción.

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Virginia Gallardo junto a Karina y Javier Milei.

Endurecimiento de penas para abusos sexuales

Otro de los pilares del proyecto radica en la modificación de los artículos 119 y 120, correspondientes a los delitos contra la integridad sexual. Se incrementan las penas máximas para las figuras de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal.

Se introduce como sujeto calificado de agravante a la persona que cumpla el rol de apoyo designado judicialmente sobre la víctima. Se elimina del texto legal la figura de la “reclusión” para armonizar todas las condenas bajo la denominación única de prisión.

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fuente: CANALC

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