
Reflexionemos
Querido lector, padre, madre, abuelo o tío: ¿Recuerda ese momento? La ecografía del sexto mes, el día del parto con el celular listo para la primera foto, el primer diente, el primer día de guardería… Son hitos que marcan nuestra vida y, con la llegada de las redes sociales, se han convertido en momentos que compartimos con el mundo.
Estamos inmersos en un entorno digital donde, orgullosos y desde el amor, compartimos el crecimiento de nuestros hijos, mostrando sus logros, avances, e incluso sus frustraciones. Todo parece muy lindo, creativo y amoroso. Pero, en medio de ese impulso de compartir, debemos hacernos una pregunta crucial: ¿En qué momento tuvimos en cuenta la privacidad de nuestro hijo o hija?
El Dilema del Consentimiento: Cuando el Amor no es Suficiente
El término que define esta práctica es Sharenting, un neologismo que combina las palabras en inglés share (compartir) y parenting (paternidad). Se refiere a la costumbre de publicar de forma sistemática y detallada información, fotografías y videos de nuestros hijos en plataformas digitales.
La motivación es genuina: un estudio sobre motivaciones parentales indica que el 74.65% de los padres lo hace impulsado por la necesidad de mantenerse en contacto con familiares y amigos. Sin embargo, como adultos responsables, debemos reconocer una verdad incómoda: en esos momentos, nuestros hijos tienen una incapacidad legal y ética de otorgar consentimiento, y al publicar, podríamos estar vulnerando sus derechos.
La Huella Digital: Un Legado que Creamos por Ellos
Cuando navegamos en medios digitales, las fotos, videos o información que subimos no se limitan a nuestro círculo íntimo; se convierten en dominio público y contribuyen a la Huella Digital de esa persona.
La huella digital se define como el conjunto de rastros, datos e información que una persona deja en internet. En el caso de nuestros hijos, la principal fuente de esta huella es la Huella Pasiva, la que se genera sobre ellos sin su participación directa.
El impacto es inmediato: el 81% de los bebés ya tiene presencia en internet antes de cumplir un año. Esto significa que estamos creando una identidad digital preexistente para ellos, una identidad que no eligieron y que será prácticamente irrevocable.
Los Riesgos que Debemos Asumir
Como padres, es nuestra responsabilidad proteger a nuestros hijos/as. Al publicar, cedemos un derecho sobre esas imágenes a las plataformas (a través de esas “normas y condiciones” que casi nunca leemos), aceptamos con un click y exponemos a nuestros hijos/as a riesgos reales:
1.Comercialización de Datos: Los data brokers recopilan la información (ubicación, rutinas, intereses) para crear perfiles digitales detallados que pueden ser utilizados para publicidad o para establecer predicciones sobre su futuro.
2.Riesgo de Suplantación de Identidad: La acumulación de datos sensibles (nombre, fecha de nacimiento, ubicación) aumenta el riesgo de que su identidad sea robada y utilizada con fines fraudulentos.
3.Impacto Psicológico y Social: Lo que hoy nos parece tierno, mañana puede ser material para el cyberbullying o generar un conflicto de identidad.
Un informe del Defensor del Pueblo de Córdoba (2018) reveló que más del 70% de los encuestados comparte fotos de menores, y un preocupante 54,66% lo hace de forma que los ridiculiza. Además, el 25% de los adolescentes se siente incómodo con el contenido que sus padres han compartido sobre ellos.
El Marco Legal y el Interés Superior del Niño
Los niños y niñas, son sujetos de derechos, amparados por marcos legales internacionales y nacionales. La Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 16) establece:
“Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación.”
En Argentina, la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece su derecho a la vida privada e intimidad (Art. 10) y se rige por el Interés Superior del Niño (Art. 3).
Cuando publicamos sin tener en cuenta su opinión, no solo vulneran su derecho a la intimidad, sino que también les transmitimos un mensaje erróneo sobre el consentimiento.
Hacia una práctica consciente y dialogada.
El análisis nos obliga a un cambio de paradigma: pasar de una decisión parental unilateral a una práctica consciente y dialogada.
Como padres, nuestro derecho a compartir termina donde comienza el derecho del niño y niña a su privacidad y a construir su propia identidad digital. La recomendación ética de expertos como UNICEF es clara:
•Incluyamos a nuestros hijos (a partir de los 9 o 10 años) en la revisión de las publicaciones.
•Respetemos su deseo de eliminar contenido.
•Fomentemos su autonomía y su comprensión del consentimiento.
Detengámonos un momento antes de hacer clic en “Publicar”. Preguntémonos: ¿Este momento es para mi álbum familiar o para el dominio público? La respuesta definirá el legado digital que le estamos dejando a la persona que más amamos.



