
La Municipalidad de Río Ceballos llevó a cabo la destrucción de 141 caños de escape libres y modificados que habían sido retirados de circulación en distintos procedimientos de control vehicular en la ciudad de Sierras Chicas.
La acción se concretó bajo los lineamientos de la Ordenanza Municipal N.º 2953/2024, marco regulatorio local que prohíbe de manera taxativa la circulación de motos, autos y demás vehículos equipados con dispositivos sin silenciador, no homologados o adulterados para provocar explosiones y ruidos de alto impacto.

Sanciones y plazos que fija la normativa
La ordenanza vigente estipula un circuito punitivo para las infracciones por ruidos molestos:
Compactación de piezas: Determina la destrucción obligatoria de los elementos antirreglamentarios una vez que transcurren los 30 días posteriores al decomiso administrativo.
Retenciones y multas: El régimen sancionatorio prevé la retención preventiva tanto del rodado en infracción como de la licencia de conducir del conductor. A su vez, establece penalizaciones económicas escalonadas que se agravan de forma progresiva en casos de reincidencia.


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