
A un año y cuatro meses de la ratificación de la condena a Cristina Kirchner por corrupción la causa Vialidad, el juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti se refirió públicamente a la decisión que selló la inhabilitación de la expresidenta para ejercer cargos públicos: “Lo que llegó al tribunal no fue un pedido para poder participar en las elecciones; y la inhabilitación es una medida prevista en el Código Penal”.
Fue en declaraciones radiales que concedió el ministro de la Corte y que se difundieron este sábado. En ellas, el juez se expidió respecto de una de las decisiones más relevantes del tribunal durante los últimos años: la ratificación de la condena a seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para Cristina Kirchner, que firmaron los tres miembros del máximo tribunal en junio de 2025.
“Nosotros nos ajustamos a la ley y al derecho de la Constitución. La Corte ya dijo lo que tenía que decir”, señaló Lorenzetti en diálogo con Radio Con Vos cuando lo consultaron por los insistentes pedidos públicos del kirchnerismo que busca instalar el argumento de una supuesta proscripción de la ex funcionaria condenada a seis años de prisión. Durante la entrevista, el magistrado justificó la medida firmada en el mismo sentido junto con Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz y señaló que el pedido de Kirchner fue improcedente.
Dijo: “No puedo opinar sobre los temas que decidimos en el tribunal. Pero en el caso de Kirchner, la Cámara Federal de Casación en lo Penal y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 resolvieron en el tema Vialidad. Ahí ya estaba el doble conforme que se requiere, y la Corte recibió un recurso denegado, que fue un recurso de queja. Por eso no analizamos el fondo, sino que analizamos y resolvimos sobre la falta de fundamentación. Es decir, no estaba bien fundado”.
“No llegó a la Corte un pedido para poder competir en elecciones, sino una causa penal. En esa causa penal, el TOF 2 resolvió una condena de prisión y de inhabilitación. Y esta última es una medida que está prevista en el Código Penal y que se aplicó en distintos casos. El de Kirchner no fue el primer caso… porque se habla de que el fallo habría sido dirigido”, continuó Lorenzetti.
Y explicó: “La pena de inhabilitación es relativamente habitual y está prevista desde hace muchos años en el Código. Lo que sucede es que se plantea la inconstitucionalidad de esa inhabilitación perpetua y se pide una pena más acotada, no perpetua. Ese es un tema que en la Corte no se trató, y por eso no podemos opinar sobre eso”.
—¿No hay nadie proscipto hoy en Argentina? —se le ocurrió preguntar a la entrevistadora.
—No, no… No me parecen mal las discusiones políticas y creo que en la sociedad cada sector tiene sus argumentos y los usa para luchar por lo que cree que es bueno. Eso está bien en democracia. Y además creo que no debemos censurar a nadie. Pero jurídicamente es otra cuestión, y nosotros (los ministros de la Corte) nos ajustamos a la ley y al derecho de la Constitución. Y la Corte ya dijo lo que tenía que decir —concluyó Lorenzetti.
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