Quiénes no están habilitados para votar el 7 de septiembre en Buenos Aires

Este domingo 7 de septiembre los bonaerenses acudirán a las urnas para renovar parte de la Legislatura provincial y cargos municipales. Sin embargo, no todos los ciudadanos estarán habilitados para participar: la ley contempla inhabilitaciones temporales y permanentes, así como excepciones que vuelven optativo el sufragio en ciertos casos.

A diferencia de los comicios nacionales, la organización del padrón y la administración del proceso estarán en manos de la Junta Electoral bonaerense, que define los lugares de votación y resuelve las impugnaciones.

Para algunas personas, el voto es obligatorio. Para algunas personas, el voto es obligatorio.

El voto es obligatorio, aunque no todos los ciudadanos estarán habilitados para sufragar. La normativa provincial, en línea con la nacional, contempla inhabilitaciones temporales y permanentes que limitan el derecho electoral. Conocer estas disposiciones será clave para evitar problemas el día de la elección.

Quiénes no pueden votar en las elecciones 2025 de Buenos Aires

Según la ley electoral bonaerense y el Código Electoral Nacional, no pueden votar:

  • Personas declaradas incapaces por juez competente en juicio civil.
  • Personas condenadas por delitos dolosos con pena privativa de la libertad mientras dure la condena.
  • Procesados con prisión preventiva en causas penales.
  • Ciudadanos sancionados por fraude o irregularidades en elecciones anteriores.
  • Quienes no figuren en el padrón electoral provincial.

En Buenos Aires, el voto es optativo para jóvenes de 16 y 17 años y para mayores de 70, pero obligatorio para quienes tienen entre 18 y 69 años. Los extranjeros residentes mayores de 18 pueden votar en elecciones municipales si están inscriptos en el padrón correspondiente.

Quiénes están obligados a votar

En las elecciones 2025 de Buenos Aires, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos que tengan entre 18 y 69 años y figuren en el padrón electoral provincial. La Ley Electoral bonaerense, en concordancia con el Código Electoral Nacional, establece este deber como una responsabilidad cívica esencial para garantizar la legitimidad de los comicios.

También están obligados a votar quienes cumplan 18 años hasta el día de la elección, aunque no estén incluidos en el padrón provisorio, siempre que realicen el reclamo correspondiente ante la Junta Electoral.

Es importante destacar que el voto es optativo para los jóvenes de 16 y 17 años, para los ciudadanos de 70 años o más y para los extranjeros habilitados que residan en la provincia e integren el padrón municipal.

¿Cuáles son los justificativos válidos para no ir a votar? ¿Cuáles son los justificativos válidos para no ir a votar?

Las únicas causas para no cumplir con esta obligación y evitar sanciones son las justificaciones previstas por la ley, como enfermedad, estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación o cumplir funciones que impidan asistir a la mesa electoral. Estas deben ser acreditadas dentro de los plazos establecidos.

Cómo denunciar fraude en las elecciones 2025 en Buenos Aires

Para preservar la transparencia de los comicios bonaerenses, cualquier ciudadano puede denunciar hechos de fraude o irregularidades. Las vías habilitadas son:

  • La mesa electoral, informando a la autoridad de mesa.
  • La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
  • El juzgado con competencia electoral de la jurisdicción.

Entre las irregularidades denunciables están la manipulación de urnas, el robo de boletas, la compra de votos o la suplantación de identidad. Se recomienda aportar pruebas como fotos, videos o testigos.

La normativa provincial contempla sanciones severas, incluyendo penas de prisión y multas, para quienes intenten alterar la voluntad popular.

fuente: CLARIN

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