
Las señales de tránsito son un verdadero lenguaje universal diseñado para organizar y regular el flujo de vehículos. La señalización es muy amplia e incluye distintos tipos de carteles ubicados junto a carreteras, autopistas y calles.
En la Argentina, el Sistema de Señalización Vial Uniforme (SSVU) establece cuatro categorías principales de señales: las reglamentarias, que imponen obligaciones o prohibiciones; las preventivas, que advierten sobre diferentes peligros; las informativas, que orientan al conductor; y las transitorias, que se utilizan en zonas de obras durante cierto periodo.
Las señales reglamentarias establecen una obligación para los conductores, quienes deben respetarlas para evitar multas. En la mayoría de los casos, también evitan accidentes.
Realizada en un cartel de forma circular, esta señal muestra un pictograma de un faro con haces de luz proyectados hacia abajo. Esto significa que hay que circular con luces diurnas o bajas en las rutas nacionales, tanto de día como de noche.

Hace años ya la experiencia de distintos países del mundo comprobó que llevar estas luces encendidas ayudaba a evitar los peligrosos choques frontales.
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 sufrió una modificación en 2017, por la cual desde entonces está permitido circular de día en rutas nacionales con luces diurnas en vez de luces bajas. Es decir, las DRL (por Daytime Running Light) son legales.
El primer inciso del artículo 47 de la Ley 27.425, de 2017, dice: “Mientras el vehículo transite por rutas nacionales, las luces bajas o las luces diurnas permanecerán encendidas, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales”.
Las DRL tienen como objetivo que el vehículo sea visto, pero no iluminan. Son solo delanteras y se encienden automáticamente al poner el motor en marcha. Sin embargo, estas luces solo forman parte del equipamiento de los coches más modernos.
Documentación obligatoria para circular
La Agencia Nacional de Seguridad Vial recuerda qué documentos hay que llevar en el coche:
- Licencia de conducir con fecha vigente.
- Documento Nacional de Identidad.
- Cédula Verde o Azul. O la que corresponda a ese auto y región.

- Verificación Técnica Vehicular o Revisión Técnica Obligatoria vigente.
- Comprobante de la póliza de seguro.
- Comprobante de pago de la patente.
- Comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que posean GNC.
- Ambas chapas-patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Para los vehículos radicados en CABA y provincia de Buenos Aires, se controlará el cumplimiento de la obligación de grabado de autopartes, dispuesto por las leyes locales.
Consejos para conducir de manera responsable en rutas y autopistas
La Agencia también brinda algunas recomendaciones al salir a la carretera:
• Viajar descansado (dormir como mínimo ocho horas) y evitar las bebidas alcohólicas.
• Realizar tramos cortos y programar paradas cada dos horas o 200 km, al menos por 15 minutos.
• Cinturones puestos siempre. Todos los ocupantes del auto deben estar sujetados con el cinturón de seguridad.

• Los niños menores de 10 años deben viajar en los asientos traseros con el Sistema de Retención Infantil.
• Si viaja en moto es imprescindible utilizar el casco.
• Respeta las velocidades máximas y mínimas.

• Mantiene la distancia de seguridad (al menos tres segundos con el vehículo que va adelante). Un auto a 100 km por hora recorre en 1 segundo 27 metros. Con lo cual, 3 segundos son unos 80 metros lógicos para mantener con el auto que va adelante.
• Evitar las distracciones al conducir, como usar el teléfono móvil o fumar.
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