Qué pasa con los derechos de autor cuando una obra se crea con inteligencia artificial?

Una persona puede pedirle a una inteligencia artificial que escriba un cuento, genere una imagen o componga una canción en pocos segundos. Pese a eso, haber dado la instrucción no significa automáticamente ser autor de todo el resultado.

El uso cada vez más extendido de estas herramientas abrió una discusión sobre qué parte de una creación puede considerarse realmente propia y qué lugar ocupa la intervención humana.

En Argentina, la Ley 11.723 protege obras científicas, literarias, artísticas y didácticas, entre otras producciones. La normativa no contiene una regulación específica para las creaciones generadas mediante inteligencia artificial, por lo que estos casos deben analizarse a partir de las reglas existentes sobre propiedad intelectual y derechos de autor.

José P. Sala Mercado, especialista en propiedad intelectual y doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba, explicó a La Voz que el concepto de propiedad intelectual es amplio e incluye tanto los derechos de autor como las patentes, las marcas y los diseños industriales.

En el caso de los derechos de autor, sostuvo que el punto central está en el origen de la creación. “Lo que se protege como propiedad intelectual justamente es lo que es fruto de la inteligencia humana, no de una máquina”, explicó durante la entrevista.

El aporte de la persona sigue siendo determinante

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Utilizar inteligencia artificial no impide necesariamente que exista una obra protegida. La cuestión está en determinar qué parte del resultado surge del trabajo de la persona y cuál fue generada por el sistema.

Sala Mercado explicó que no alcanza con haber dado una idea general para atribuirse automáticamente todo aquello que produce una herramienta.

“Tu autoría estaría en los prompts y estaría en la revisión de los outputs”, señaló. Es decir, pueden tener peso tanto las instrucciones que una persona da a la inteligencia artificial como las decisiones que toma después sobre el contenido generado.

IA y derecho de autor.

IA y derecho de autor. (Imagen generada con IA)

Para explicarlo, planteó el ejemplo de una persona que le pide a una inteligencia artificial que escriba un libro a partir de algunos lineamientos. Si el desarrollo completo del texto queda en manos del sistema, ese resultado no puede considerarse del mismo modo que una obra escrita directamente por la persona.

La situación cambia cuando el material utilizado ya pertenece al autor. Sala Mercado ejemplificó con un escritor que entrega a una IA cinco libros propios y le pide que seleccione determinados cuentos y los reorganice en una nueva publicación. En ese caso, las obras continúan siendo del escritor, mientras que la herramienta intervino únicamente en la selección o compaginación.

“Tu autoría en realidad es lo que es fruto de tu participación, no lo que interviene un agente externo como una IA”, resumió.

También importa qué material utiliza la inteligencia artificial

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El conflicto no aparece únicamente al analizar el resultado final. También puede surgir antes, cuando los sistemas utilizan obras de terceros para su funcionamiento o para generar nuevos contenidos.

Sala Mercado explicó que una obra protegida no puede utilizarse libremente por el solo hecho de encontrarse disponible en internet. Como principio general, el uso debe contar con autorización de su titular o encontrarse dentro de alguna excepción prevista por la legislación aplicable.

“Todo lo que yo utilizo de un tercero tendría que tener su autorización o caer en una excepción legal. En el momento que no lo hago, ahí hay una infracción”, sostuvo.

El especialista mencionó además que ya existen conflictos judiciales en distintos países vinculados con empresas de inteligencia artificial que utilizaron canciones, textos, personajes y otros contenidos protegidos.

Para Sala Mercado, estos casos muestran que la discusión sobre IA no elimina las reglas existentes sobre propiedad intelectual, sino que obliga a analizar cómo se aplican frente a una tecnología capaz de procesar grandes cantidades de obras y producir nuevos contenidos a partir de ellas.

IA y derecho de autor.

IA y derecho de autor. (Imagen generada con IA)

Incluso en el caso del software, explicó, la protección recae sobre el código escrito y no simplemente sobre la funcionalidad de una aplicación. Un programa puede registrarse y protegerse como una obra, pero nuevamente resulta necesario identificar qué parte fue efectivamente creada por una persona.

La inteligencia artificial introduce así una nueva capa dentro de procesos creativos que antes podían atribuirse con mayor facilidad a un autor. El uso de estas herramientas no elimina la posibilidad de tener derechos sobre una creación, pero obliga a distinguir entre aquello que hizo la persona, aquello que produjo el sistema y los materiales previos utilizados para llegar al resultado.

*Estudiante de tercer año de Periodismo del Colegio Universitario Politécnico (CUP) de Córdoba. Prácticas profesionalizantes en La Voz.

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fuente: inteligencia artificial?”> GOOGLE NEWS

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