Puedo votar en las elecciones Jujuy 2025 si no voté en las anteriores?

Lucía Ortíz

En las elecciones provinciales de Jujuy del 11 de mayo de 2025 en Jujuy, se elegirá a 24 diputados provinciales titulares, 10 suplentes y a los nuevos concejales que integrarán los distintos cuerpos deliberativos municipales. En vista de esta fecha, algunas personas se preguntan si pueden votar aun cuando no lo hayan hecho en los comicios anteriores.

En la jornada electoral, todos los ciudadanos argentinos nacidos en la provincia de Jujuy, de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón están habilitados para votar. Por otro lado, quienes no asistieron a las elecciones anteriores no están impedidos de votar en 2025, pero podrían enfrentar consecuencias administrativas. Estas pueden ser multas económicas o limitaciones para realizar trámites ante organismos públicos, por lo que se recomienda regularizar su situación antes de la nueva jornada electoral.

Independientemente de si emitieron su voto o no en elecciones anteriores, el derecho al sufragio se mantiene vigente y no se pierde por no haber participado previamente.

Sin embargo, no votar sin una justificación válida puede generar sanciones. Quienes no hayan emitido su voto en elecciones anteriores y no hayan presentado una justificación ante la Justicia Electoral dentro del plazo de 60 días posteriores, podrían tener multas económicas o restricciones para realizar trámites ante organismos públicos.

Jujuy votara las legislativas locales el 11 de mayo y los comicios nacionales serán el 26 de octubreJujuy votara las legislativas locales el 11 de mayo y los comicios nacionales serán el 26 de octubre

Para verificar si se registra alguna infracción o multa, se puede consultar de forma online en el Registro de Infractores. En el caso de disponer de infracciones, en el mismo link se puede justificar la ausencia o abonar la multa. Allí es posible conocer la situación personal, justificar ausencias anteriores o regularizar cualquier deuda pendiente.

Elecciones 2025 en Jujuy: ¿quiénes están exentos de votar?

Según lo establecido por el Código Electoral Nacional, no están obligados a votar en las elecciones provinciales las siguientes personas:

  • Jueces y auxiliares judiciales que deban cumplir funciones durante el acto electoral y mantener abiertas sus oficinas.
  • Menores de 18 años y mayores de 70 años: El voto es optativo para los jóvenes de 16 y 17 años, y también para quienes tienen más de Los mayores de setenta años.
  • Personas que se encuentren a más de 500 km del lugar de votación: Deben justificar su ausencia por motivos razonables. Tienen que presentarse ante la autoridad policial más cercana ese mismo día, para que les extiendan una constancia escrita.
  • Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor: La causa debe ser comprobada por personal médico (preferentemente del servicio de sanidad nacional, o médicos oficiales, provinciales o municipales; en su defecto, médicos particulares).
  • Trabajadores de servicios públicos esenciales que deban cumplir tareas que les impidan asistir al comicio. En este caso, el empleador debe comunicar la situación al Ministerio del Interior con 10 días de anticipación y emitir una certificación correspondiente.

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Lucía Ortíz

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fuente: CLARIN

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