
Al salir a la ruta, muchos conductores argentinos mantienen una costumbre arraigada: tomar mate mientras manejan. El acompañante suele cebar y pasar la ronda, pero esa escena habitual puede transformarse en una infracción de tránsito y derivar en multas significativas, según la provincia.

Qué dice la Ley Nacional de Tránsito
La Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 establece que el conductor debe mantener el dominio efectivo del vehículo en todo momento y circular con ambas manos sobre el volante. La única excepción prevista es el cambio de velocidad en vehículos con caja manual. Bajo ese criterio, sostener un mate o un termo implica perder el control pleno del rodado.
Provincias que ya aplican sanciones
En Mendoza, tomar mate mientras se conduce está tipificado como una falta grave —e incluso “gravísima”— según el Decreto 326/18, que complementa la Ley 9.024 de Seguridad Vial. La normativa exige mantener ambas manos en el volante, por lo que cebar o beber mate puede derivar en una multa de hasta 1.000 unidades fijas. Actualmente, esos valores oscilan entre los $400.000 y los $420.000.
En Córdoba, la sanción se aplica bajo la figura de “manejo inseguro”, que incluye conductas como fumar o realizar movimientos que distraigan la atención del tránsito. En este caso, la infracción se castiga con 20 unidades fijas, lo que representa una multa estimada entre $25.000 y $35.000, según el valor actualizado de la UF provincial.
Por qué se considera una infracción
El criterio es claro: cuando el conductor suelta el volante para sostener el mate o el termo, reduce su capacidad de reacción y control del vehículo. Por eso, esta práctica se encuadra como una distracción al volante, al mismo nivel que otras conductas que incrementan el riesgo de siniestros viales.
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