
La Legislatura de Córdoba aprobó el proyecto que impide la candidatura a cargos electivos provinciales de aquellas personas que tengan condena en segunda instancia. Según lo sancionado, se establece el alcance a delitos dolosos con pena privativa de la libertad y se amplía esta prohibición hasta alcanzar a candidatos partidarios y funcionarios de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.



De esta manera, la nueva norma sobre la inhabilitación para cargos públicos y electivos “requiere que la sentencia condenatoria haya sido confirmada por sentencia dictada por tribunal de instancia ulterior, por vía recursiva o impugnativa, ordinaria o extraordinaria de conformidad a las normas procesales que resulten de aplicación”.
Con esta nueva ley se pretenden elevar los estándares de idoneidad y ética para candidatos y funcionarios de toda la provincia. El proyecto fue aprobado en general y en particular.
PROYECTO APROBADO: FICHA LIMPIA ES LEY
El texto aprobado compatibiliza tres iniciativas presentadas por legisladoras de distintos bloques: Brenda Austin, Victoria Busso, Julieta Rinaldi, María del Rosario Acevedo e Ileana Quaglino, y modifica artículos de la Ley N° 9.571, Código Electoral Provincial, y de la Ley N° 9.572, Régimen Jurídico de Partidos Políticos.
“Esta nueva ley es ampliamente superadora de otras normativas existentes en el derecho público provincial y de los proyectos que orbitan en el Congreso Nacional, porque no solo abarca a los delitos de corrupción sino a todos los delitos dolosos previstos en el Código Penal de la Nación y otras leyes especiales”, explicó Victoria Busso como miembro informante.
“La idoneidad es una condición exigible no solo para quienes son elegidos por el pueblo o por quienes aspiran a integrar cuadros partidarios, sino que es una condición para quienes tuvieron el honor de ocupar un cargo público al servicio de los ciudadanos” argumentó la legisladora Busso.


