
La Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó al Estado nacional, a la Provincia de Jujuy y a dos empresas, por la contaminación del Parque Nacional Calilegua, que integra la Reserva de Biósfera de las Yungas -reconocida por la Unesco en 2002- y situado 115 km al noreste de la capital San Salvador de Jujuy.
En su resolución, el máximo tribunal ordenó al Estado argentino y al de la provincia de Jujuy ejecutar un plan de cese y recomposición del daño ambiental y frenar la actividad petrolera del yacimiento Caimancito y del pozo individualizado como Ca.e3, informaron fuentes judiciales.
El fallo condenatorio también alcanza a la empresa estatal provincial Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (Jemse) y a la firma Jujuy Hidrocarburos (JH).
“DAÑO AMBIENTAL ILÍCITO”
“La continuación de la explotación hidrocarburífera resulta manifiestamente ilegal, razón por la cual debe cesar”, afirmó la Corte en el fallo sobre una causa por contaminación impulsada por un grupo de vecinos del Parque Nacional Calilegua.
Según el máximo tribunal, el Estado nacional y la Provincia no cumplieron con sus deberes de fiscalización.
“Se ha acreditado la existencia de un daño ambiental ilícito derivado de la existencia y mantenimiento de los pozos petroleros inactivos en los que no se han implementado los mecanismos de abandono exigidos por las normas aplicables para evitar la contaminación ambiental”, afirma el fallo.

El pozo Ca.e3 fue perforado entre los años 1969 y 1970 -mucho antes de la creación del área protegida en 1979-, con la intención de extraer petróleo, pero fue abandonado debido a que no contenía la cantidad suficiente para que sea viable la inversión económica requerida, quedando un pozo fuera de control con surgimiento de agua de formación desde el interior de la tierra.
El colapso se produjo en 1997 y desde entonces generó severos daños ambientales en la zona, que incluyeron la contaminación del arroyo Yuto.
El agua que emerge de la perforación llega a la superficie con una temperatura de 80º C y posee gran cantidad de sales disueltas -boro, hierro, calcio, manganeso, sodio, etcétera- y otros contaminantes en menor medida.
En 2014 vecinos del lugar presentaron una acción de amparo judicial por daño ambiental contra la Administración de Parques Nacionales, el Estado nacional, la provincia de Jujuy, varias empresas petroleras y el Municipio de Yuto.
La Corte rechazó que la condena sea extensiva a las petroleras YPF y Pluspetrol y a la Municipalidad de Yuto, así como al demandado Felipe Frognier “pues no se ha demostrado que el pozo Ca.e3 del yacimiento Río Colorado se encuentre en tierras de su titularidad”.
En el yacimiento Caimancito hay una treintena de pozos activos e inactivos.
ACCIONES DE MITIGACIÓN Y RESTAURACIÓN
En 2017 el Ministerio de Ambiente de Jujuy convocó a licitación pública nacional para la presentación de un proyecto y ejecución de obra para la prevención y mitigación de efectos nocivos sobre el ambiente y restauración de los sistemas ecológicos del área afectada por el colapso del pozo que en el expediente n° 1.110-83-2017 es denominado YPF.Jj. CA-E-3.
Adjudicado el proyecto, en noviembre de 2018 se conoció un informe que detallaba las obras realizadas en el sitio, entre las que se menciona una canalización del agua que va desde la surgente hasta un sistema de tratamiento, consistente en dos piletas de decantación y sedimentación, y una tercera pileta destinada al confinamiento de los materiales decantados de las dos primeras.
“El agua pasa por unos tanques reductores de velocidad donde además continúa con el proceso de enfriado, y luego llega a las piletas donde disminuye aún más la temperatura y se produce el fenómeno de sedimentación. Esta última se potencia por el efecto por el cual la solubilidad de las sales baja al disminuir también la temperatura; de este modo un porcentaje de las mismas precipitan, al igual que todo el material sedimentable presente. Una vez que atraviesa todo el sistema, el líquido ya tratado es conducido a través de otro sistema de cañerías hasta el arroyo Yuto”, indicaba el reporte.
También se mencionaba la instalación de “un alambrado perimetral alrededor de la boca del pozo para que la fauna y las personas no accedan al área y evitar así accidentes de cualquier tipo”.
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