
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la venta en todo el país de tres marcas de aceite de oliva y una de azúcar, tras detectar irregularidades en el etiquetado y la fabricación de los productos. Las medidas fueron publicadas a la madrugada en el Boletín Oficial.
Los productos involucrados son los aceites de oliva de las marcas Los Ayllos y Olivares del Rey, ambos de Córdoba, y Valle de Tunuyán, de Mendoza. También quedó prohibida la comercialización del azúcar Dulzura, que se vendía como “azúcar común tipo A” y tenía como origen declarado la provincia de Tucumán.
En el caso del aceite Los Ayllos, la disposición 5093/2025 surgió a partir de una denuncia de un consumidor que alertó inconsistencias en el rótulo.
La investigación determinó que la razón social no existe formalmente, que la planta donde supuestamente se elaboraba el producto no está en funcionamiento y que los registros sanitarios (RNE y RNPA) correspondían a otros fabricantes.
Por eso, se concluyó que el producto estaba falsamente rotulado y sin trazabilidad, lo que impide su venta tanto en tiendas físicas como online.
Una situación similar ocurrió con Olivares del Rey, prohibido a través de la disposición 5095/2025.
La Anmat comprobó que el número de RNE impreso en el envase no existe, mientras que el RNPA pertenece a otro alimento. Además, la supuesta planta fraccionadora en Cruz del Eje, Córdoba, no estaba habilitada ni coincidía con los datos declarados.
Por su parte, la marca mendocina Valle de Tunuyán fue denunciada por la firma Almazara S.A., que alertó sobre el uso no autorizado de su número de RNE.
El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) verificó que el RNPA declarado tampoco existía. La prohibición quedó oficializada mediante la disposición 5096/2025.
Finalmente, el azúcar Dulzura fue prohibido por la disposición 5094/2025 luego de que un consumidor denunciara irregularidades en el envase.
La ANMAT concluyó que el producto estaba falsamente rotulado y ordenó la prohibición de su elaboración, fraccionamiento y comercialización.
Una pasta dental fue prohibida por provocar aftas e inflamación
Este martes, en tanto, la ANMAT ya había prohibido el uso, distribución y comercialización de la crema dental anti-caries con flúor “Colgate Total Clean Mint” y ordenado su retiro del mercado a la empresa Colgate-Palmolive Argentina S.A.
“Esta medida obedece al creciente número de eventos adversos reportados por consumidores argentinos tras el uso de la crema dental”, 19 de los cuales han sido recabados por la empresa y dos, recibidos por Cosmetovigilancia de la ANMAT. A esto se suma “un muy elevado número de supuestos casos de eventos adversos asociados al uso del producto en Brasil”, que arribaría a 11.441 desde el lanzamiento en julio de 2024.
La medida dispuesta para frenar la circulación de este producto, que es importado por Argentina desde Brasil, fue tomada luego de las investigaciones realizadas por Anvisa-Brasil (par de la ANMAT en ese país), ante la notificación de “casos de eventos adversos asociados al uso del producto y el retiro voluntario -de todas las unidades- por parte de la empresa en ese país”.
El último 13 de junio, la ANMAT pidió reportar cualquier evento adverso luego del uso de estas pastas dentales y comenzó a recibir “reportes asociados a fenómenos de irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros”.
Por ese motivo, el organismo sigue realizando un monitoreo activo de este producto y pidió a la población a reportar cualquier evento adverso que haya acontecido durante o después del uso de una pasta dental, al correo cosmeto.vigilancia@anmat.gob.ar.
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