
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ordenó que un desarrollo inmobiliario en el barrio Valle del Cerro, que prevé un edificio de 22 departamentos distribuidos en seis niveles, sea sometido a un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) antes de iniciar su construcción. La decisión se sustenta en que el terreno ha sido clasificado como “parcela atípica” por su topografía y ubicación, próxima al río Suquía y dentro del área conocida como “Barranca del Cerro”, reconocida por su valor urbano y ambiental. Aunque la legislación provincial no exigía la EIA en este caso, el máximo tribunal consideró que corresponde aplicarla conforme a la Ordenanza Municipal N.º 9847 y su reglamentación.

El TSJ señaló además una contradicción en la actuación municipal, que había autorizado al desarrollador a construir con una altura superior a la permitida —planta baja más cinco niveles en lugar de los dos habituales— pero no había exigido la evaluación ambiental correspondiente. En su fallo, el tribunal enfatizó que el proceso de EIA “no solo tiene fines técnicos, sino que debe convertirse en un ámbito de participación pública”, y ordenó que la Municipalidad garantice mecanismos para que los vecinos puedan expresar su opinión, ya sea mediante audiencia pública o instancia digital reglada.

El fallo también destaca la necesidad de un enfoque inclusivo en el desarrollo urbano, especialmente en zonas con valor socioambiental, y apeló a la reflexión sobre el diálogo y la convivencia entre vecinos y nuevos proyectos. Citando la encíclica del papa Francisco, “Laudato si”, el TSJ subrayó que “no puede haber imposiciones sin diálogo ni rechazos sin comprensión”, promoviendo un urbanismo que priorice la calidad de vida, la integración social y el respeto al entorno natural, convirtiendo el debate en una oportunidad de consenso y no en un escenario de enfrentamiento.