El Tribunal de Disciplina de la AFA dictó la amnistía para los futbolistas que arrastraban sanciones leves: hay indulto para los jugadores de Estudiantes

El Tribunal de Disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino resolvió este jueves al mediodía dictar la amnistía para los jugadores que arrastraban sanciones menores a cuatro fechas de la temporada pasada en todas las categorías del fútbol argentino. Esto ocurre después del pedido de “indulto” elevado por el presidente de Atlético Tucumán, Mario Leíto, en la reunión del miércoles del Comité Ejecutivo de la Liga Profesional y la posterior aprobación del organismo que preside el escribano Fernando Mitjans una vez que se hizo efectivo el pedido formal.

De este modo, hay indulto para los nueve jugadores de Estudiantes que participaron del “espaldazo” en el pasillo obligado para el campeón designado Rosario Central. Son Fernando Muslera, Santiago Núñez, Tiago Palacios, Facundo Farías, Leandro González Pirez, Edwuin Cetré, Ezequiel Piovi, Cristian Medina y Mikel Amondarain. Por ese accionar también habían sido castigados Román Vega y Santiago Arzamendia, pero el primero fue transferido y el segundo se recupera de una grave lesión.

A ellos había que sumarles a otros ocho futbolistas, solo teniendo en cuenta a los clubes de Primera División. Son Ignacio Galván (Atlético Tucumán), Iván Guaraz (Barracas Central), Alexis Soto (Rosario Central) César Ibáñez (Huracán), Ramón Arias (Tigre), Jhohan Romaña (San Lorenzo) e Ignacio Malcorra y Rodrigo Fernández Cedrés (ambos de Independiente). Todos estarán habilitados para jugar. También alcanza a Nery Domínguez, que arrastraba una sanción de su paso por San Lorenzo y que acaba de fichar con Central Córdoba de Rosario. Y a los entrenadores RIcardo Zielinski (Belgrano) y Guillermo Barros Schelotto (Vélez)

El caso más extremo, más allá de la dificultad que esta incertidumbre le imprimía a los entrenadores, era el de Ibáñez. Es que el marcador lateral izquierdo del Globo tenía que jugar este jueves a las 20 contra Banfield en el Florencio Sola. Igualmente, había sido concentrado por Diego Martínez y, como consecuencia del perdón generalizado, podrá ser de la partida.

Fue un tomala vos, dámela a mí. Y todo en medio de los escándalos y a horas de que la pelota empezara a rodar en el Torneo Apertura. Recién este jueves los jugadores supieron qué suerte correrían. Una desprolijidad más de la AFA. Enorme.

¿Por qué se demoró tanto? El Comité Ejecutivo de la Liga Profesional de Fútbol aprobó el miércoles al mediodía la solicitud de la amnistía para los jugadores con suspensiones leves. Pero el pedido formal tardó en llegar al Tribunal de Disciplina de la AFA, el organismo que debía tratarlo y aceptarlo o no.

Burocráticamente, el pedido debía salir por correo electrónico desde la casilla de la LPF a la gerencia correspondiente, la de Órganos Jurisdiccionales que tiene a Javier Vijande Penas al frente. Una vez recibido, el Tribunal -actualmente de turno y funcionando con dos miembros, el presidente Mitjans y el vice Sergio Fernández- podía actuar en consecuencia.

El pedido formal, vaya a saber por qué, no llegó a destino hasta este mediodía. Apenas sucedió, el Tribunal le dio curso a la amnistía solicitada como las últimas temporadas. Y determinó: “implementar la amnistía general relativa a todas las sanciones pendientes de cumplimiento de jugadores, jugadoras y miembros de cuerpos técnicos, correspondientes a los certámenes de la temporada 2025″. La decisión rige para “todas las competiciones y disciplinas organizadas por AFA, incluyendo Copa Argentina y demás certámenes bajo su órbita”.

Una mancha más

La demora en la resolución de la amnisía fue un nuevo papelón. ¿Fue adrede? Lo concreto es que se convirtió en un nuevo eslabón de esta sucesión de hechos indeseados. El primero, por tomar un punto de partida, fue el título que nadie esperaba –el de campeón de liga-, que la Asociación del Fútbol Argentino le entregó a dedo a Rosario Central y el posterior “espaldazo” de los jugadores de Estudiantes de La Plata, que en el duelo de octavos de final del Torneo Clausura se vieron obligados a hacerle un pasillo a Ángel Di María y compañía.

Estudiantes había sido el único club que había alzado la voz tras esa decisión y fue por eso que la AFA sacó a relucir una vieja disposición desconocida sobre la obligatoriedad del pasillo. Los jugadores del Pincha acataron la orden, pero se dieron vuelta en una imagen que recorrió el mundo y el Tribunal de Disciplina resolvió, entre otros castigos -al presidente Juan Sebastián Verón fue suspendido por seis meses-, darles dos fechas de castigo a los once jugadores involucrados. Sin embargo, matizó la sanción al no hacerla efectiva de forma inmediata, dado que la postergó hasta el inicio de la campaña 2026.

Desde que en diciembre el Tribunal de Disciplina fundamentó el fallo, el radiopasillo indicaba que antes de comenzar la temporada, el mismo Tribunal eximiría a todos los futbolistas sancionados por acumulación de tarjetas amarillas o rojas leves. La costumbre de la amnistía nació después de la pandemia, cuando se volvió a jugar. Luego se repitió en el inicio de cada temporada y se esperaba que en 2026 se mantuviera.

Sin embargo, el círculo tardó en cerrarse. ¿Por qué? La diferencia es radical: esta vez los principales “beneficiados” con un indulto iban a ser los jugadores de Estudiantes, el club disidente de la AFA. Por eso cuando en enero se reunió la Mesa Directiva (que nuclea al presidente Claudio Tapia, al tesorero Pablo Toviggino, el secretario general Cristian Malaspina y al director general Gustavo Lorenzo), no se pensó en esa amnistía.

Todo cambió este miércoles cuando el presidente de Atlético Tucumán, Mario Leíto, la pidió. Pero se hizo muy sobre la hora. Al final, a través del boletín N° 6.809 Bis II, el indulto general se hizo realidad.

El comunicado completo del Tribunal de Disciplina

COMUNICADO A LOS CLUBES VISTO:

La decisión del Consejo Directivo que dispone una Amnistía de carácter general para todas las sanciones pendientes de cumplimiento al día de la fecha, correspondientes a los certámenes de la temporada 2025, con traslado a este Tribunal para su implementación; y lo informado respecto de su publicación en el Boletín Oficial N.º 6818, y

CONSIDERANDO:

1°) Que el Código Disciplinario resulta aplicable a todos los partidos y competiciones organizados por la AFA, lo que comprende la totalidad de competencias y disciplinas bajo su órbita.

2°) Que los órganos disciplinarios basan sus decisiones, principalmente, en los Estatutos, reglamentos y resoluciones de las autoridades de la AFA, correspondiendo a este Tribunal instrumentar la decisión adoptada por el Consejo Directivo en el marco de sus competencias.

3°) Que el régimen prevé la actuación jurisdiccional mediante sesiones, y autoriza su realización en forma telemática cuando las razones lo ameriten y con acuerdo de los miembros convocados; y que el presidente/vicepresidente o, en su ausencia, el miembro más veterano disponible, preside y pronuncia las decisiones autorizadas, resultando ello compatible con la actuación del Tribunal de Turno por razones de urgencia operativa y de regularidad competitiva.

4°) Que, conforme el propio Código, las notificaciones y comunicaciones de decisiones pueden canalizarse, entre otros medios, por intermedio del Boletín Oficial del órgano disciplinario publicado en el sitio oficial de AFA, circunstancia que torna procedente disponer la implementación con efectos desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

5°) Que, atendiendo a la finalidad explicitada por el Consejo Directivo y a fin de evitar asimetrías competitivas derivadas del calendario (en particular, el inicio y/o disputa de fechas de competiciones organizadas por AFA), corresponde adoptar la presente por Tribunal de Turno a los fines de asegurar una aplicación uniforme e inmediata.

6°) Que el Código contempla, asimismo, la posibilidad de dar por cumplidas de manera general sanciones pendientes de cumplimiento mediante resolución debidamente fundada emanada de órganos estatutarios con facultades al efecto, marco que coadyuva a la instrumentación operativa del temperamento dispuesto por el Consejo Directivo.

Por ello,

EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA AFA

(TRIBUNAL DE TURNO)

RESUELVE:

1°) IMPLEMENTAR la Amnistía de carácter general dispuesta por el Consejo Directivo, relativa a todas las sanciones pendientes de cumplimiento de jugadores, jugadores y miembros de cuerpos técnicos, correspondientes a los certámenes de la temporada 2025, en los términos informados y conforme su publicación en Boletín Oficial N.º 6818 y en concordancia con el artículo 65 del Código Disciplinario.

2°) TENER POR CUMPLIDAS, desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial del Tribunal, las sanciones alcanzadas por la Amnistía, en cuanto se encontraren pendientes de cumplimiento a dicha fecha, para todas las competiciones y disciplinas organizadas por AFA, incluyendo Copa Argentina y demás certámenes bajo su órbita.

fuente: CLARIN

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