El juez que prohibió publicar audios de Karina Milei acumula nueve denuncias

El juez federal en lo civil y comercial, Alejandro Patricio Maraniello, enfrenta un escenario judicial y disciplinario delicado tras acumular nueve denuncias en su contra ante el Consejo de la Magistratura, cinco de ellas por presunto acoso sexual a trabajadoras de su juzgado. La semana pasada fue notificado formalmente de los cargos y ahora dispone de un plazo de veinte días para presentar su defensa por escrito ante la Comisión de Disciplina, presidida por el abogado César Grau. Las acusaciones incluyen también abuso de poder y uso indebido de recursos públicos.

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La gravedad de los señalamientos motivó que la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación solicitara en 2024 la presencia policial en las oficinas donde se desempeña Maraniello, con el objetivo de proteger la integridad de los trabajadores. Entre los testimonios más relevantes figura el de una empleada que aseguró haber sido abordada por el magistrado durante sus primeros días de trabajo, relatando episodios de acoso sexual, encuentros fuera del horario laboral bajo presión y una situación que derivó en graves consecuencias emocionales. Otras denunciantes mencionaron hostigamiento, mensajes inapropiados y maltrato laboral tras rechazar pedidos personales.

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ALEJANDRO MARANIELLO. El juez que prohibió difundir audios de Karina Milei enfrenta nueve denuncias en el Consejo de la Magistratura.

El expediente cuenta con la intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, que tomó declaración a las víctimas y consideró que los hechos podrían configurarse como delitos de acción pública debido a la condición de funcionario judicial de Maraniello. El caso pasó a la órbita de la jueza María Servini y del fiscal Carlos Stornelli, mientras el Consejo de la Magistratura evalúa las pruebas y testimonios. El proceso podría derivar en sanciones administrativas o, en una instancia superior, en la solicitud de remoción del magistrado.


fuente: CANALC

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