Conducción letal: ratifican imputación por homicidio con dolo eventual al conductor del Clio

La Cámara de Acusación de Córdoba ratificó la imputación por homicidio simple con dolo eventual contra un automovilista que protagonizó un siniestro vial fatal en barrio Industrial Ferreyra. El acusado conducía una camioneta a 150 km/h, con una sola mano al volante, mientras se filmaba con el celular y bajo los efectos del alcohol y la cocaína.

El tribunal rechazó el planteo de la defensa que buscaba encuadrar el hecho como “culpa temeraria”, una figura más leve contemplada en el artículo 84 bis del Código Penal. En cambio, confirmó que la conducta del imputado implicó una decisión consciente frente al riesgo de causar la muerte de terceros. “La conducta del imputado escapa de los márgenes de la culpa temeraria e ingresa al ámbito del tipo penal de homicidio con dolo eventual”, sostuvo la camarista Patricia Alejandra Farías.

En esa línea, la magistrada remarcó que el acusado tenía pleno conocimiento de las normas de tránsito y de los riesgos asociados a su incumplimiento. Además, había sido advertido reiteradamente por su entorno sobre el peligro de conducir en estado de ebriedad. “Contó con una posibilidad calificada de previsión del resultado fatal que decidió ignorar”, afirmó en la sentencia.

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El fallo también subraya que las condiciones en las que se produjo el hecho reflejan una conducta de extrema gravedad. “Estas circunstancias colocaron al imputado en una posición óptima para evitar el riesgo, tornando su decisión […] en una expresión de máxima intensidad comunicativa contra la norma”, detalla el documento judicial.

Por último, la Cámara descartó que supuestas infracciones de las víctimas pudieran atenuar la responsabilidad del imputado. “La culpa de la víctima no compensa la imprudencia o negligencia determinante del hecho por parte del autor”, enfatizó Farías, quien concluyó que el riesgo fue generado exclusivamente por la conducta del conductor.


fuente: CANALC

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