Condenan a un colegio por graves quemaduras sufridas durante experimento de química

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a una institución educativa privada a indemnizar a una alumna que sufrió quemaduras graves durante una práctica de química. El accidente ocurrió cuando una compañera manipuló alcohol de manera imprudente mientras realizaban un experimento en el laboratorio escolar.

La actividad consistía en desarrollar la denominada “serpiente del faraón”, una experiencia que requiere la utilización de elementos inflamables para generar una estructura carbonosa negra que crece con una forma similar a la de una serpiente.

Durante el procedimiento, una de las estudiantes agregó alcohol a una mezcla y provocó una deflagración. La expansión del fuego alcanzó directamente a su compañera, que sufrió quemaduras de extrema gravedad en diferentes partes del cuerpo.

La adolescente tenía 17 años cuando ocurrió el episodio. Debido a las lesiones, permaneció internada en terapia intensiva durante 70 días y debió atravesar numerosas intervenciones quirúrgicas, entre ellas limpiezas, ablaciones y autoinjertos de piel.

Tras la internación, la joven afrontó un prolongado proceso de rehabilitación. Como consecuencia del accidente, quedó con una incapacidad psicofísica permanente y definitiva, según los antecedentes considerados en la causa judicial.

El juez Gustavo A. Massano rechazó los argumentos presentados por el establecimiento educativo y su compañía aseguradora, que pretendían desligarse de la responsabilidad por las lesiones. Ambas partes sostuvieron que el hecho se había producido por la conducta imprudente de una tercera estudiante y que se trataba de un episodio imprevisible o inevitable.

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Imagen extraída de Internet

Sin embargo, el magistrado consideró que la relación entre los alumnos y la institución educativa constituye un “verdadero contrato de consumo”. En ese marco, explicó que el colegio actúa como proveedor del servicio de enseñanza y tiene obligaciones respecto de la seguridad de quienes asisten a sus instalaciones.

En su resolución, Massano sostuvo que los estudiantes no son “terceros extraños” respecto del establecimiento, sino personas que se encuentran bajo su deber de custodia y protección. Por ese motivo, la conducta de una compañera no resultaba suficiente para eximir al colegio de responsabilidad.

El fallo también destacó que la manipulación de fuego y alcohol constituye una actividad riesgosa, especialmente cuando participan adolescentes. Según el criterio del juez, las posibles conductas imprudentes de los estudiantes forman parte de las contingencias que las autoridades escolares deben prever al organizar este tipo de prácticas.

Entre los elementos analizados, una pericia técnica en higiene y seguridad y otras pruebas incorporadas al expediente determinaron que el laboratorio no contaba con los elementos básicos de protección personal ni con las medidas de seguridad necesarias para realizar el experimento.

Además, el magistrado señaló que la institución no había aplicado las disposiciones de su propio manual de seguridad para el laboratorio. Esta omisión fue considerada relevante para establecer la responsabilidad del establecimiento en el accidente.

Por último, el juez cuestionó la organización y supervisión de la actividad. Una sola docente debía controlar simultáneamente a varios grupos que realizaban la prueba con fuego, sin una secuencia estricta de trabajo ni ayudantes de laboratorio. Tampoco se había verificado previamente la idoneidad de los recipientes de alcohol que llevaron los alumnos.


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fuente: CANALC

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