
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de 7° Nominación de Córdoba condenó a Telecom Argentina a indemnizar a una clienta por haber dado de alta dos líneas telefónicas que nunca solicitó y, posteriormente, perseguir el cobro de la deuda hasta incluirla en el Veraz.
La indemnización por daño punitivo se fijó en $7.729.360 más intereses.
El conflicto
La empresa activó dos líneas a nombre de la mujer sin su consentimiento. Luego intentó cobrar la deuda generada y, pese a los reclamos de la usuaria, la firma demoró en comunicar la baja al Veraz, que mantuvo el registro negativo en las bases crediticias.
Fundamentos del fallo
Los vocales Jorge Miguel Flores y Florencia Bellusci consideraron que se trató de un contrato de consumo, bajo la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
El tribunal señaló que la conducta de Telecom fue reprochable por su indiferencia frente a los perjuicios ocasionados, ya que la inclusión indebida en registros de morosidad afecta el acceso al crédito, la reputación comercial y la vida de relación del consumidor.
La Cámara remarcó que la empresa debió comunicar de inmediato la baja de las líneas y brindar una solución íntegra, pero incumplió con el principio de buena fe y el deber de información.




