
El Ministerio de Economía avanza con una serie de modificaciones sobre la flamante Ley de Inocencia Fiscal, vigente desde el 2 de enero. El objetivo principal del Gobierno es incorporar más dólares al sistema financiero mediante la flexibilización de los estrictos requisitos originales.
En diálogo con el programa “Lo que está pasando“, que se emite de lunes a viernes de 13 a 14 horas por Canal C, la tributarista Elisabet Piacentini brindó precisiones sobre el proyecto oficial.
“Se pretende flexibilizar los requisitos porque algunos dejaban a muchos contribuyentes afuera”, explicó la especialista respecto a las trabas de la ley original.
Eliminación de topes patrimoniales
Uno de los cambios más trascendentales que plantea este nuevo proyecto es la eliminación de los límites de facturación y de patrimonio. De esta manera, todos los contribuyentes podrán adherir a la declaración jurada simplificada de Ganancias, un trámite que resulta mucho más ágil.
Anteriormente, si una persona humana registraba ingresos superiores a los mil millones de pesos por una herencia o venta, quedaba excluida del sistema.
“Era una incertidumbre muy grande que ahora viene a aclararse”, destacó Piacentini sobre este alivio para quienes manejan altos volúmenes de dinero.
La tributarista ejemplificó el problema con sectores que facturan cifras millonarias pero que, en realidad, tienen márgenes de ganancia muy reducidos, como las agencias de viajes. Con esta actualización normativa, esos rubros ya no quedarán marginados y podrán aprovechar todos los beneficios fiscales.
Flexibilidad ante errores y blindaje fiscal
El nuevo proyecto también flexibiliza notoriamente las sanciones ante posibles errores u omisiones en las presentaciones realizadas por los contribuyentes.
“Antes te equivocabas en un mínimo monto y caían todos los beneficios”, recordó la contadora, destacando la severidad del esquema de contralor inicial.
Con la modificación impulsada, las equivocaciones en la declaración jurada deberán superar los 5 millones de pesos para que el usuario pierda sus beneficios. Incluso si ARCA determina un ajuste, el contribuyente podrá pagarlo en 15 días y mantendrá intacto su preciado blindaje fiscal.
Al saldar esa diferencia impositiva en el plazo estipulado, el organismo recaudador no podrá revisar períodos anteriores no prescriptos, ni en Ganancias ni en IVA.
Debido a la inminencia de estos cambios, se prorrogó la presentación de las declaraciones para dar más tiempo de adaptación a los contadores.



