
El Gobierno autorizó la venta libre de diez nuevos grupos de drogas destinadas al tratamiento de afecciones de baja complejidad. Lo hizo a través de una disposición de la Anmat (Administración Nacional de Medicamentos) que fue publicada en el Boletín Oficial este martes. De esta manera se amplía el listado de remedios que dejan de requerir una receta médica para su expendio y también pierden el descuento de obras sociales y prepagas en farmacias.
La decisión alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan, en las concentraciones y formas farmacéuticas aprobadas, los siguientes principios activos: trimebutina maleato, levocetirizina diclorohidrato, fexofenadina clorhidrato, dimenhidrinato, nafazolina clorhidrato combinada con feniramina maleato, olopatadina clorhidrato, carboximetilcisteína, cloruro de aluminio hexahidratado, carbonato de calcio combinado con tintura de árnica montana y nitrato de plata, e ivermectina (solo en loción tópica al 0,5%).
Según explicó el organismo, la medida busca “facilitar el acceso a medicamentos de probada seguridad, calidad y eficacia”, al tiempo que promueve “el uso responsable” de estos productos.
La disposición 4714/2026 de la Anmat se enmarca en la Resolución 284/2024 del Ministerio de Salud, que encomendó a la Anmat a revisar la condición de expendio de determinadas especialidades medicinales. En ese proceso ya habían pasado a venta libre los inhibidores de la bomba de protones (conocidos como “prazoles”), además de medicamentos con acetilcisteína, aciclovir, amorolfina y algunas formulaciones dermatológicas.
Como antecedente, el Gobierno destacó que, tras la liberación de los prazoles, los precios aumentaron entre un 30,2% y un 40,4% entre mayo de 2024 y junio de 2026, por debajo de la inflación acumulada del 94,7% en ese período. Según sostuvo, la medida permitió ampliar el acceso a esos medicamentos sin que se registraran maniobras especulativas.
Qué requisitos debieron cumplir
La Anmat explicó que los medicamentos que pasan a venta libre debieron acreditar: eficacia y seguridad sostenidas para aliviar síntomas fácilmente reconocibles por los usuarios; un amplio margen terapéutico, de modo que un uso superior al recomendado no implique un riesgo grave para la salud; al menos cinco años de comercialización bajo receta en Argentina sin reportes de eventos adversos graves que modificaran la relación entre riesgos y beneficios.
Para adoptar la decisión, el organismo analizó la información del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la experiencia de uso en el país y los antecedentes de agencias regulatorias internacionales, entre ellas la FDA de Estados Unidos, la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la AEMPS de España, la ANVISA de Brasil y el INVIMA de Colombia, que ya autorizaban la venta libre de estos principios activos.
Cómo será la implementación
La disposición establece que los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la norma con los envases y prospectos actuales.
En cambio, los lotes que se liberen después de la entrada en vigor deberán incorporar la nueva condición de “Venta Libre”, adecuar los envases y sumar un código QR con el prospecto correspondiente. Además, las empresas deberán adaptar las presentaciones de acuerdo con las dosis y la duración de los tratamientos y gestionar la actualización de sus certificados ante la ANMAT.
Un proceso que comenzó en 2024
La nueva disposición se suma a una serie de medidas con las que el Gobierno viene ampliando la lista de medicamentos de venta libre. En 2024, la Anmat ya había autorizado el cambio de condición de expendio para distintos productos, entre ellos los inhibidores de la bomba de protones (los llamados “prazoles”), la acetilcisteína, el aciclovir, la amorolfina y otras formulaciones dermatológicas.
Además, desde el 1° de enero de 2025 también dejaron de venderse bajo receta algunos laxantes a base de senósidos A y B, una decisión que tuvo otro efecto: al pasar a la categoría de venta libre, esos medicamentos dejaron de estar alcanzados por los descuentos obligatorios que aplican las obras sociales y las prepagas para los fármacos recetados.
Con la disposición publicada este lunes, la lista vuelve a ampliarse e incorpora medicamentos utilizados para tratar alergias, trastornos digestivos, mareos, tos con flema, afecciones oftalmológicas, hiperhidrosis y algunas parasitosis.
Qué medicamentos se suman ahora
- Alergias: levocetirizina (como Xyzal) y fexofenadina (como Allegra).
- Colon irritable y espasmos digestivos: trimebutina (como Debridat).
- Mareo por viaje: dimenhidrinato (Dramamine).
- Tos con flema: carboximetilcisteína.
- Conjuntivitis alérgica: colirios con olopatadina.
- Ojos rojos por alergia: combinaciones de nafazolina y feniramina.
- Transpiración excesiva: cloruro de aluminio hexahidratado.
- Aftas y pequeñas lesiones bucales: preparados con carbonato de calcio, árnica y nitrato de plata.
MG
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