
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dispuesto una modificación significativa en el calendario fiscal: a partir del período 2024, la fecha límite para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del Impuesto a las Ganancias para personas físicas y sucesiones indivisas será a mediados de junio.
El cambio, que será oficializado en las próximas horas mediante su publicación en el Boletín Oficial, responde a una solicitud de diversas entidades profesionales, que destacaron la necesidad de otorgar más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Hasta la implementación de esta nueva resolución, el vencimiento para la presentación de las declaraciones y el pago del Impuesto a las Ganancias estaba previsto para el mes de mayo de cada año. Con esta prórroga, ARCA extiende el plazo en un mes, brindando así un respiro adicional a los contribuyentes.
Este ajuste en el cronograma fiscal llega en un contexto de constantes cambios tributarios, y su aplicación afectará a miles de personas físicas y sucesiones indivisas a lo largo del país.
Tras la decisión de ARCA, el cronograma del tributo para el período fiscal 2024 queda de la siguiente manera:
- CUIT terminados en 0-1-2-3: tendrán tiempo para presentar las DD.JJ. hasta el 11 de junio de 2025 y de efectuar el pago correspondiente hasta el 12 de junio de 2025.
- CUIT terminados en 4-5-6: deberán cargar la documentación correspondiente antes del 12 de junio de 2025 y de abonar el monto que corresponde antes del 13 de junio de 2025.
- CUIT terminados en 7-8-9: podrán subir las declaraciones juradas hasta el 13 de junio de 2025 mientras que el pago se extiende hasta el 17 de junio de 2025.

ARCA definió las nuevas escalas de Ganancias
A finales de enero de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una actualización del 11,78% en las escalas del Impuesto a las Ganancias, las cuales regirán hasta junio de este año. Esta modificación forma parte de las medidas adoptadas por el gobierno de Javier Milei, que también restableció la cuarta categoría del tributo, lo que hizo que unas 550.000 personas volvieran a pagar el impuesto en 2024.
Con este ajuste, un trabajador soltero sin cargas familiares comenzará a tributar a partir de los $2.280.647 brutos, lo que equivale a un salario neto de $1.892.937.
Si el contribuyente tiene un cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el descuento se aplicará desde un salario bruto de $3.024.494, lo que representa un ingreso de bolsillo de $2.516.337. En el caso de deducir únicamente a dos hijos menores, el monto bruto mínimo subirá a $2.654.165, lo que corresponde a un salario neto de $2.202.957.
Para los jubilados, los descuentos comenzarán a aplicarse a aquellos con ingresos equivalentes a 8 haberes mínimos, lo que representa un umbral de $2.127.256.
En lo que respecta a los trabajadores autónomos, las deducciones también se ajustaron en función de este aumento del 11,78%. El ingreso mensual promedio quedó fijado en $1.468.658 para la categoría general, mientras que para profesionales y emprendedores será de $1.631.843.
Este régimen de actualización de escalas se realiza dos veces al año, en enero y junio, y se basa en la inflación acumulada durante el semestre. Cabe recordar que, debido a un ajuste extraordinario en septiembre, se tomaron los meses de octubre, noviembre y diciembre para este cálculo.