Agosto con aumento: cuánto puede cobrar un empleado de comercio

El sindicato más grande del país, FAECyS (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios), firmó un nuevo acuerdo paritario con aumentos salariales para el segundo semestre de 2025. Sin embargo, ni este convenio ni el anterior fueron homologados por el Gobierno nacional, lo que deja en suspenso el impacto real en los sueldos de julio y genera una fuerte incertidumbre tanto para trabajadores como para empleadores.

El aumento acordado

La paritaria cerrada el 26 de junio contempla una suba del 6% para los meses de julio a diciembre, distribuida en tramos mensuales no acumulativos del 1%. Además, se establece una asignación no remunerativa de $40.000 mensuales, también de julio a diciembre. En diciembre, esa suma se incorporaría al salario desde enero 2026.

Estos incrementos se calculan sobre las escalas salariales de junio, que a su vez tomaban como base el acuerdo informal de abril. Allí se había pautado un aumento trimestral del 5,4%, repartido en 1,9% para abril, 1,8% para mayo y 1,7% para junio. Pero ese acuerdo tampoco fue homologado.

Qué significa que no esté homologado

Para que un acuerdo paritario tenga validez legal, debe ser homologado por el Ministerio de Capital Humano y publicado en el Boletín Oficial. Sin esa publicación, las empresas no están obligadas a cumplirlo, y pueden optar por otras escalas.

Hasta ahora, el Gobierno rechaza los acuerdos que superen aumentos del 1% mensual, buscando contener la inflación. Por eso, ni el acuerdo de abril ni el de junio obtuvieron aprobación oficial.

Qué pueden hacer las empresas al liquidar sueldos

Al no haber homologación, las compañías del sector tienen tres opciones al momento de pagar los sueldos de julio:

  • Seguir aplicando el último acuerdo homologado, que es el de enero-marzo.
  • Reconocer el acuerdo informal de abril-junio, aunque sin aval oficial.
  • Incorporar también el nuevo convenio, con el 1% de julio y el pago extra de $40.000, a cuenta de futuras homologaciones.

En todos los casos, las sumas no remunerativas pueden incluirse en el recibo de sueldo con leyendas como “a cuenta de futuros aumentos”, para evitar futuros ajustes retroactivos más costosos.

Inseguridad jurídica para todos

El acuerdo fue suscripto por FAECyS junto con la Cámara Argentina de Comercio, CAME y UDECA, pero ninguna de estas entidades lo difundió oficialmente porque aún no fue publicado en el Boletín Oficial.

En ese marco, se genera un vacío legal que afecta tanto a las empresas —que deben planificar pagos sin reglas claras— como a los trabajadores, que no saben con certeza cuánto van a cobrar este mes.

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fuente: CANALC

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